La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó una controversia constitucional presentada por el Instituto Chihuahuense para la Transparencia (ICHITAIP) contra la reforma que eliminó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y otros seis órganos autónomos.
SCJN: ICHITAIP no tiene legitimación para impugnar
El recurso fue turnado al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien resolvió que el ICHITAIP no tiene facultades legales para promover una controversia constitucional contra la Federación.
Además, argumentó que ya no es posible impugnar reformas constitucionales desde que se aprobó la reforma de supremacía constitucional en octubre del año pasado.
Reforma eliminó al INAI y seis órganos autónomos
La reforma constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de diciembre de 2024 y promovida por la mayoría de Morena y aliados, ordenó la extinción de siete órganos autónomos, entre ellos:
- INAI
- Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)
- Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece)
- Comisión Reguladora de Energía (CRE)
Las funciones de estos órganos fueron trasladadas a dependencias del Poder Ejecutivo, bajo el argumento de simplificación orgánica.
El INAI concluyó sus operaciones
El pasado 18 de marzo, el INAI celebró su última sesión de pleno. Tres días después, personal de la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno tomó posesión de su sede, asumiendo formalmente las labores de transparencia del Ejecutivo federal.